CANGAS DEL NARCEA.- Parque de Fuentes: Anulado el Plan de Gestión y vuelta a empezar
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias ha anulado el plan de gestión del Parque de Fuentes del Narcea “por carecer de una memoria económica adecuada”.
El gobierno del Principado deberá ahora, por segunda vez, reiniciar la tramitación de los instrumentos de gestión del espacio protegido. No obstante, la sentencia del TSJA desestima también algunas de las pretensiones de los demandantes, en especial las que se referían a la posible vulneración de derechos constitucionales, y les niega la posibilidad de recibir indemnizaciones económicas por hallarse sus fincas en terrenos incluidos en el ámbito de protección del Parque.
La sentencia responde al recurso interpuesto por los propietarios de terrenos en las localidades de Monasterio de Hermo, Brañas de la Granda, Fueyos y Morterón contra la consejería de Agroganadería.
Los recurrentes consideraban que el Principado debía indemnizarles por expropiación de sus propiedades, así como de derechos en el uso de ellas. En caso de no hacerlo, debería al menos declarar los terrenos exentos del plan de gestión del espacio natural que había sido aprobado por la Consejería.
Los argumentos de los recurrentes incluían la supuesta vulneración del derecho de propiedad constitucional al no haber sido indemnizados, presuntas irregularidades en la tramitación, poca claridad en la delimitación de las zonas afectadas, ausencia de una memoria económica y la falta de un plan de desarrollo sostenible que evitase impactos económicos negativos en el territorio afectado por el plan.
En el año 2013, una sentencia del Supremo tumbó el Plan Rector de Uso y Gestión (PRUG) del parque, argumentando que no dio audiencia a los propietarios, no había un presupuesto para compensarlos y no estaban bien marcados los territorios. Tras ese primer fallo, el gobierno regional tuvo que rehacer un largo trámite para establecer, esta vez, un Instrumento de Gestión Integrado. El expediente llegó a superar los 60.000 folios.
Finalmente, el Gobierno aprobó por decreto la declaración de zonas especiales de conservación en el área protegida de Fuentes del Narcea, Degaña e Ibias y Muniellos, y también aprobaba el plan de gestión de varios espacios protegidos de los concejos de Cangas del Narcea, Degaña e Ibias.
De nuevo es recurrido el plan y en este caso, la sentencia desestima buena parte de la argumentación de los recurrentes, pero admite una de sus reclamaciones, la referida a la “omisión de la memoria económica sobre los costes e instrumentos financieros previstos para la aplicación del decreto”. Este defecto es suficiente, entiende el Tribunal Superior asturiano, para anular todo el plan aunque asegura que no se producen los otros supuestos que señalan los recurrentes y avala tanto la tramitación llevada a cabo por el Principado como la correcta redacción de un plan de desarrollo sostenible para la zona negando que inculque derechos constitucionales.