CANGAS DEL NARCEA.- Condenados por homicidio imprudente en Regla de Corias

CANGAS DEL NARCEA.- Condenados por homicidio imprudente en Regla de Corias

Regla de Corias

Los acusados por un accidente con un fallecido en una obra en Cangas del Narceaen el mes de julio de 2020 asumieron los hechos que les imputaban la Fiscalía del Principado de Asturias y la acusación particular y aceptaron, cada uno, una pena de seis meses de prisión y multa. La conformidad fue ratificada en el Juzgado de lo Penal número dos de Oviedo tras abonar los condenados una indemnización conjunta de 460.000 euros.

Los acusados reconocieron que principios de julio de 2020 se estaba realizando la construcción de una vivienda unifamiliar en la localidad de Regla de Corias, en Cangas del Narcea, cuya obra era promovida por uno de los condenados, quien a su vez trabajaba en ella, organizaba la misma, adoptaba medidas de seguridad y determinaba la forma en que se ejecutaba la construcción, decidiendo con quién quería contratar para realizar ciertas actividades.

En su condición de promotor, procedió a contratar la elaboración del proyecto, del plan de seguridad y salud, de una arquitecta y de un coordinador de seguridad y salud, el otro acusado, informa la Fiscalía.

El día 30 de junio visitó la obra un delegado de la comisión de seguridad, prevención de riesgos laborales y contratación, quien advirtió de que el perímetro y el hueco de la escalera estaban sin barandillas, extendiendo un acta que fue firmada y entregada al propio acusado.

La arquitecta visitó la obra, advirtió al acusado 1 de que era preciso instalar protecciones adecuadas, e igualmente lo hizo constar en el libro de órdenes, insistiendo además que lo debía comunicar al coordinador de seguridad y salud.

La víctima se desplazaba por la obra el 3 de julio de 2020 mientras manejaba el mando de la grúa para colocar la carga, y en un momento dado, en torno a las 12:30 horas, se apoyó en la barandilla del hueco de la escalera, la cual no tenía capacidad de resistir ese apoyo, por lo que se precipitó por dicho hueco y se cayó desde una altura de unos 3 metros, falleciendo por traumatismo cráneo-encefálico con destrucción de centros vitales.

El Ministerio Fiscal señala que concurre la atenuante de reparación del daño como muy cualificada respecto del delito de homicidio por imprudencia grave, puesto que los acusados y sus aseguradoras consignaron la responsabilidad civil acordada, fijada de común acuerdo en 460.940 euros por todos los conceptos, incluidas las costas de la acusación particular.

Tras reconocer los hechos, los acusados aceptaron cada uno de ellas penas por el delito contra los derechos de los trabajadores de seis meses de prisión, accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y seis meses de multa, con una cuota diaria de ocho euros, con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. Y por el delito de homicidio por imprudencia grave, seis meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

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R. Mera