Unos dos millones de euros habrán de abonar ayuntamiento y Principado a unos vecinos de Allande
Unos dos millones de euros habrán de abonar el Ayuntamiento de Allande y Gobierno del Principado a unos vecinos de este concejo, según ha determinado la sección número 6 de la Audiencia Provincial de Oviedo que dictaminó en 2018 a favor de 21 vecinos de Allande que aseguraban que 19, de los 59 aerogeneradores del parque eólico de la Sierra de los Lagos (Allande), no ocupaban el terreno que forma parte del monte de utilidad pública número 317 del catálogo, conocido como ‘Sierras de Vidajerón, Fonterroxa e Iboyo’ desde 1901, sino de la zona conocida popularmente como ‘Braña de Soutiel’, en propiedad desde 1871 de los antepasados de los vecinos reclamantes
Hace unas pocas fechas, la Sala Primera del Tribunal Supremo desestimó el segundo recurso interpuesto por el Ayuntamiento allandés disconforme con la resolución judicial. Sin embargo ésta obliga a pagar un 32,2% del ‘canon ocupacional’, otorgado desde 2003 a estas dos administraciones, por la ocupación de dicho parque eólico, más los intereses acumulados durante las dos décadas. Un cifra que supera los dos millones de euros.
Según el abogado cangués Mario Gómez, esta sentencia “es un triunfo en materia de los miles de pleitos que existen en España entre propietarios, administraciones públicas y empresas energéticas respecto a irregularidades en torno a los parques eólicos”, Mario viene actuando como abogado defensor de los 21 propietarios allandeses desde hace dos décadas; reconoce que es éste “uno de los casos más complicados y largos de mi carrera”.
Gómez comenzó reclamando a la empresa instaladora, “que no nos hizo ni caso”. Seguidamente “empezamos a hacer reclamaciones al Ayuntamiento allandés y al Principado”, explica el abogado. Seguidamente apeló a las irregularidades urbanísticas que contenía el proyecto, refiriéndose a la sospechosa modificación de la ley urbanística del concejo y apelando a que parte de esta infraestructura se encontraba en un terreno privado, aunque no figurase como tal en ningún registro catastral. Todo se presentaba muy complicado y lioso en su investigación. Pero siete años después, Gómez y los 21 vecinos allandeses se presentan en el registro de la propiedad de Tineo y registran las fincas. Y seguidamente los pleitos. Del juzgado de Primera Instancia nº8 de Oviedo a la sección nº6 de la Audiencia Provincial. Y de sección nº6 a la nº5 para después volver a la nº6. Veinte años después, es decir, la pasada semana, la Sala Primera del Tribunal Supremo dictaminó que la sentencia era definitiva y ejecutoria.
Veinte años después, la Sala Primera del Tribunal Supremo dictamina que la sentencia era definitiva y ejecutoria