CANGAS DEL NARCEA.- Asturias y Cantabria se unen para defender la ampliación de viñedos
La consejera de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, María Jesús Álvarez, y el consejero de Medio Rural, Pesca y Alimentación de Cantabria, Jesús Miguel Oria, firmaron el pasado lunes un acuerdo para proponer conjuntamente al Gobierno central la supresión del límite actual de nuevas plantaciones para las pequeñas áreas de viñedo de ambas comunidades.
“El marco normativo vigente limita el crecimiento de la superficie de viñedo, lo que incide de forma muy importante en comunidades como Asturias y Cantabria, en las que la superficie total de viñas es muy pequeña, como en el caso de la denominación de origen protegida Vino de Cangas, y la capacidad de crecimiento es muy importante para garantizar el futuro de sus producciones”, ha subrayado Álvarez.
Mediante el acuerdo, suscrito en la feria Alimentaria de Barcelona, las dos autonomías pedirán al Ministerio de Agricultura que, para áreas de indicación geográfica protegida (IGP) o denominación de origen protegida (DOP) con superficies de viñedo inferiores a 200 hectáreas, establezca con carácter general una cifra máxima admisible de nueva plantación autorizable por debajo de la cual resulte de asignación automática y no se establezca, por tanto, criterio de prioridad.
“Esta cifra podría situarse en 25 hectáreas anuales por DOP o IGP. De esta forma, se daría respuesta a la práctica totalidad de las demandas de las pequeñas áreas”, según indica el Principado en nota de prensa.
Así, Asturias y Cantabria reclaman autorización ministerial para todas las solicitudes que reúnan unas condiciones específicas. Ambos gobiernos plantean autorizaciones automáticas en solicitudes muy pequeñas, de menos de 1,5 hectáreas. También defienden la autorización directa para superficies que no alcancen las 5 hectáreas en áreas con dificultades reconocidas, como zonas despobladas y desfavorecidas.
Un tercer planteamiento para el que se solicita aprobación automática se refiere a las peticiones de menos de 5 hectáreas en áreas con condiciones físicas singulares, como las de viticultura heroica con zonas de montaña de pendientes superiores al 20 por ciento o con zonas intermedias con pendientes superiores al 15 por ciento, siempre que supongan una solicitud continua de pequeña dimensión.