TINEO.- El TSJA archiva la causa contra el diputado del PSOE Marcelino Marcos Lindez al no existir delito
El magistrado instructor de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), José Ignacio Pérez Villamil, ha acordado el sobreseimiento libre de la causa abierta en dicha Sala contra el diputado regional del PSOE, Marcelino Marcos Líndez, y el exconcejal de Personal del Ayuntamiento de Tineo, Álvaro García Rodríguez, por un supuesto delito de prevaricación.
En dicho Auto, el magistrado accede a la petición del Ministerio Público de sobreseimiento tanto por razones de fondo, al estimar conveniente que de las diligencias de investigación practicadas se llega a la conclusión de que los hechos investigados no son constitutivos de delito, como por imperativos de orden procesal, pues no debe continuarse un proceso penal sin acusación, y el Ministerio Fiscal era la única acusación personada.
Contra esta resolución cabe recurso de reforma ante la misma Sala de lo Civil y Penal y subsidiariamente de apelación.
El diputado regional socialista declaró el 22 de junio de 2016 en el TSJA. Ese día al salir del juzgado manifestó estar “satisfecho” de su declaración con la que además de clarificar buscaba defender la honradez “no sólo de un alcalde durante nueve años sino del personal del Ayuntamiento de Tineo”. El TSJA le ha dado la razón.
La denuncia presentada fue a consecuencia de la investigación abierta a raíz de la comunicación hecha por un concejal de Somos del Ayuntamiento de Tineo. Además, la Fiscalía apreciaba en su momento irregularidades en varias contrataciones de personal realizadas por Álvaro García Rodríguez, que ocupaba la Concejalía de Urbanismo en 2008, por la presunta adjudicación de gratificaciones injustificadas a dos trabajadores.
Tras investigar los hechos, el Ministerio Fiscal entiende que “los hechos no pasan de la mera irregularidad administrativa, sin alcanzar la relevancia y gravedad necesaria para poder ser subsumidos en el delito de prevaricación administrativa, lo que conduce al supuesto sobreseimiento libre”.