EL JUZGADO DE LO SOCIAL DESESTIMA LA NULIDAD DE OTRO DESPIDO DEL AYUNTAMIENTO DE CANGAS DEL NARCEA
El Juzgado de lo Social nº 3 de Oviedo en Sentencia de fecha 15/5/2012 ha desestimado la solicitud de nulidad del despido que había formulado un trabajador municipal que desarrollaba labores de delineante, a fin de exigir la reincorporación a su puesto de trabajo con petición de indemnización de 10.000 euros por los daños morales causados, quien alegó discriminación ideológica al aducir estar afiliado políticamente a IU. La Juez lo desestima, en esencia, al no existir indicio razonable alguno al respecto y declara improcedente el despido, por lo cual, el Ayuntamiento optará por abonarle la indemnización fijada en Sentencia más los salarios de tramitación.
En este sentido, en el Fundamento de Derecho 1º de la Sentencia, se afirma que “…pues bien, en el caso de autos, las cantidades que se pretende por el Ayuntamiento que compensen parte de la indemnización por despido fueron satisfechas en su momento por el empleador (es decir efectuado por la anterior Corporación Municipal de IU) como uno de los elementos integrantes de una serie de operaciones que, en su conjunto, se han calificado como contrataciones en fraude de ley, y por ello, no generaron una deuda del trabajador a la empresa, e inexistente la deuda, obviamente no procede compensación alguna”.
Desde el equipo de gobierno se valora de forma positiva el contenido de dicha Sentencia, en la que son representados por el abogado laboralista Juan Galán, que confirma que por parte de la actual corporación municipal presidida por el alcalde José Luis Fontaniella se actuó siempre correctamente en defensa de los intereses del Ayuntamiento al despedir a dicha persona por causa de la duplicidad del puesto de trabajo y supresión por motivos económicos. Así, en la propia Sentencia se concluye que “… ante el elevado déficit del Ayuntamiento (que asciende a 5.143.820,21 € según se recoge en el hecho probado nº 12), lógicamente debía mantenerse en el puesto al funcionario frente al laboral indefinido, cuando además el primero lo era desde el año 1985, sin queja alguna de sus aptitudes y cumplimiento profesional, lo que aleja en su concreto caso toda sospecha fundada de discriminación por razón de ideología o cualquier otra circunstancia personal, toda vez que la contratación del demandante (despedido) en 2008 vino motivada por una concreta circunstancia extraordinaria, ya desaparecida/fenecida”.
Por todo ello, resulta reprochable la actitud de IU de Cangas del Narcea de continuar politizando los conflictos laborales de varios trabajadores en contra de los intereses generales del Ayuntamiento. Actitud que fue escenificada con la presencia del grupo municipal y de su coordinador local en el acto de juicio. Pero aún es más grave el hecho probado de que el anterior alcalde de IU, Sr. Martínez, sea el responsable de que a consecuencia de su política de contrataciones laborales fraudulentas y pagos indemnizatorios irregulares, ahora el Ayuntamiento tenga que abonar, con el dinero público de todos los vecinos, una indemnización superior al trabajador despedido al no poder compensarse las cantidades ya entregadas a éste por el anterior alcalde de forma indebida.
Por consiguiente, los servicios jurídicos de esta corporación municipal estudiarán al respecto la viabilidad de una reclamación de responsabilidad patrimonial contra el Sr. Martínez para la devolución de dicho dinero que cuando menos supera los 5.000 euros.